jueves, 11 de febrero de 2016

SUSCRIPCION DEL CONTRATO DE TRABAJO
Una entidad seria y organizada no puede permitir que una persona ingrese a su servicio sin que antes haya suscrito el correspondiente contrato de trabajo.
Es aquel por el cual una persona natural se obliga a prestar un servicio a otra persona jurídica bajo la continuada dependencia o subordinación de la segunda.
PERSONA NATURAL: Es todo individuo de la especie humana, cualquiera sea su edad, sexo o condición
Ejemplo de una persona natural: Juan Pérez Ortiz
PERSONA JURIDICA: Se denomina haci a una persona ficticia capaz de ejercer y contraer obligaciones representadas judicial o extrajudicialmente a través de su gerente o representante legal.
Ejemplo de una persona jurídica: Bavaria S.A
Después de la explicación de este ejemplo debemos afirmar que únicamente las personas naturales pueden ser sujetas, pasivas del contrato de trabajo esto es comprometerse a prestar un servicio personal a otra persona natural o jurídica.
ELEMENTOS ESCENCIALES DEL CONTRATO DE TRABAJO
Podemos observar que esto surge del acuerdo de voluntades entre el trabajador y empleador, además conocemos su mismo texto para que exista un contrato de trabajo y es indispensable que se den 3 elementos que son:
o   Prestación personal del servicio
o   Subordinación o dependencia
o   Remuneración o salario
PRESTACIÓN PERSONAL DEL SERVICIO
Este elemento implica la realización de una labor por parte de una persona natural a favor de otra persona que bien puede ser natural o jurídica. Es el individuo de la especie humana como tal quien debe hacer el trabajo para el cual se comprometió.
CONTINUADA DEPENDENCIA O SUBORDINACIÓN
 Este elemento consiste en la facultad que tiene el empleador de impartir al trabajador ordenes e instrucciones en cualquier momento en cuanto al modo y tiempo de cantidad del trabajo, imponerle condiciones y reglamentos sin que se afecte el honor, la dignidad y los derechos humanos del trabajador, en horarios rotativos o convenios internaciones que sobre los derechos humanos relate a la obligación del país.
REMONERACIÓN O SALARIO
El tercer elemento necesario para que se dé el contrato de trabajo es remuneración o retribución por el servicio prestado. Como este elemento es transcendental, importancia para nuestro estudio le dedicaremos una unidad especial dentro del texto.
En resumen los elementos que configuran el contrato de trabajo son:
o   Prestación del personal del servicio.
o   Continuada dependencia o subordinación.
o   La remuneración o salario.
Para saber si en una relación de trabajo, el contrato es necesario para que analice esa relación entre empleado y trabajador en los trece elementos, si faltara uno de ellos habrá otra clase de contrato.
Al desarrollar este contrato es necesario ser cuidadoso, el código sustantivo del trabajo en su artículo 24 a favor del trabajador y la jurisprudencia en materia labor ha reiterado la vigencia del trabajo como realidad e indecencia de lo que está escrito en el papel.
¿QUE CLASE DE CONTRATO EXISTIRIA ENTONCES?
La diferencia entre contrato de trabajo y relación de trabajo radica en que el primero debe reunirse 3 elementos mientras que en la segunda pueda faltar alguno de ellos.
LUS VARIANDI
 Es la facultad que tiene el empleador de modificar ciertas condiciones del trabajador, dentro de ciertos límites, esta facultad se desprende del elemento o subordinación.
Las limitaciones que extraña lus variandi hacen referencia, la dignidad, honor, seguridad, los intereses y  derechos mínimos del trabajador.
MODALIDADES DEL CONTRATO DE TRABAJO
Los contratos pueden ser de varias clases según su forma de término de duración, según la forma los contratos pueden ser:
o   Verbales
o   Escritos
o   Contratos de trabajos real
CONTRATO VERBAL DEL TRABAJO
Como su nombre lo indica es el que se celebra de palabra y tiene lugar cuando el empleador y trabajador sean puestos de acuerdo sobre la índole del trabajador el lugar donde deberá prestarse el servicio la remuneración y la duración del mismo contrato. Muchas personas consideran que cuando no existe un contrato de trabajo escrito fueron contratados de forma indebida y que no tiene ningún derecho.
CONTRATO ESCRITO DE TRABAJO
Es aquel que consta de un documento firmado por las partes en la cual están incluidas todas las condiciones del mismo debe contener por lo menos los siguientes asunto.
o   Nombre o razón social del empleador
o   Domicilio del empleador o de la empresa
o   Nombre del gerente o representante legal
o   Clase de contrato
o   Nombre del trabajador
o   Domicilio del trabajador
o   Duración del periodo de prueba
o   Condiciones del contrato
o   Causas de terminación del contrato
o   Cantidad y forma de remuneración
o   Lugar y fecha donde se celebra el contrato
o   Firma del empleador, trabajador y de los testigos
Según el término de duración del contrato pueden ser:
o   A termino fijo
o   A termino fijo a  un año
o   A término indefinido
o   Ocasional o transitorio
CONTRATO DEL TRABAJO REALIDAD
 Es aquel que surge de lo que ocurre en la práctica independientemente de lo que se haya expresado en un documento o de lo que la voluntad del empleador haya supuesto.
CONTRATO DE TRABAJO  TÉRMINO FIJO
Esta clase de contrato se utiliza generalmente en la vinculación de personas altamente técnicas o calificadas, este contrato debe constar siempre por escrito ya  su duración no puede ser superior a tres años.
REQUISITOS
o   Que conste por escrito
o   El término de duración no puede ser superior a tres años prorrogable en forma indefinida
o   Para su terminación se debe dar un aviso con una decantación de 30 días

CONTRATO A TERMINO FIJO INFERIOR A UN AÑO
La ley 50 de 1990, en el #  2 del artículo 3 estableció el contrato de trabajo a un término fijo inferior a una año,   imprimiéndole como características m importante   el hecho  de que el trabajador vinculado con contrato de esta naturaleza tiene derecho a todas  las prestaciones  al porcentaje   a vacaciones en forma proporcional sea cual sea el termino laborado.
REQUISITOS                                                       
o   Que conste por escrito
o   Que   el periodo de prueba sea equivalente (1/5) parte del termino
o   El trabajador con contrato a término fijo  inferior a un año tiene derecho a todas las prestaciones sociales  y a las vacaciones   en la forma proporcional
o   Que para la terminación del mismo por vencimiento del termino pactado  o de la prórroga, se de aviso por escrito con una anticipación  no inferior a 30 días  con excepción del contrato de trabajo a término fijo de un mes o menos de un mes.
o   Este contrato puede prorrogarse hasta por 3 veces   por el lapso inicialmente                                                                                              pactado por uno inferior  la cuarta prorroga y las siguientes no pueden ser inferiores a un año
CONTRATO DE TRABAJO A TERMINO INDEFINIDO
Este es el ama común de los contratos no requiere forma escrita a aunque es la más aconsejable para conveniencia de las partes. Tiene vigencia mientras sustenta las a causas que le dieron, origen y materia del trabajo. Sin que esto quiera decir que para su finalización el empleador no pueda acogerse a las cuales no de determinación de que tratan los artículos 7 del decreto 2351 de 1965 y 6 de la ley 50 de 1990.
CONTRATO DE OBRA
 Es muy común en las empresas de ingeniería o de  montajes requiere que se pacte por escrito y que en él se estipule con gran claridad la naturaleza de la obra o labor contratada.
REQUISITOS
o   Que conste
o   Que se determine la labor por realizar
CONTRATISTA INDEPENDIENTE
Es un verdadero empleador cuando, siendo persona natural o jurídica se obliga realizar una obra labor determinada siempre que se den los siguientes requisitos:
o   Por un precio determinado
o   Asuma todos los riesgos
o   Realice la obra con riesgos propios
o   Tenga libertad, autonomía, técnica y directiva
o   Que se contrate por un precio determinado
CONTRATO OCACIONAL O TRANCITORIO
Es un contrato muy especial y de él que conviene hacer buen uso. Consiste en la ejecución de labores ajenas a las actividades normales de una empresa y cuya duración no puede a 30 días  el trabajador solo tiene derecho al pago del valor a cordado por sus servicios, y que se les suministren en caso de accidentes de trabajo.
REQUISITOS
o   Debe relacionarse con actividades ajenas a las normales de la empresa que contrata
o   Su duración no puede exceder a menos de 30 días



AGENTES COLABORADORES DE POLIZAS DE SEGUROS Y TITULOS DE CAPACITACION
Las personas naturales que promuevan la elección de contrato de seguros y capitalización y la renovación de los mismos en relación con una o varias compañías de seguros asociados de capacitación.
COLABORADORES DE APUESTA PERMANENTES
Los colaboradores denominados vendedores de chances o colocadores de apuestas al igual que los enunciados en el acápite anterior podrán tener el carácter de dependencia o independiente los colocadores de apuestas cuando han celebrado el contrato de trabajo escrito para desarrollar dicha labor con una empresa.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES CONTRATANTES
OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR
Tanto estas como las que incumbe al trabajador deben estar incluidas dentro del reglamento interno del trabajo. De igual manera deben expresar las prohibiciones correspondientes del  uno al otro.
OBLIGACIONES DEL TRABAJADOR
o   Realizar personalmente la labor en los términos estipulados, observar los conceptos del reglamento a captar y a cumplir ordenes
o   No comunicar a terceros, salvo autorización que expresa las informaciones que tenga sobre su trabajo
o   Conservar y restituir estado a salvo deterioro natural de los instrumentos útiles que hayan sido facilitados por su empleador
o   Comunicar oportunamente al empleador las observaciones que estime conducentes para evitar daños y prejuicios
o   Guardar rigurosamente la moral en las relaciones con sus superiores y sus compañeros.


13 comentarios:

  1. Buenos dias
    puedo concluir que los contratos de trabajo son muy valiosos en una relación de trabajo .Debemos de tener en cuenta que todos los contratos de trabajo son diferentes, solo se asemejan en unas y otras cosas, y lo que busca es el bienestar de ambas partes contratantes.

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  2. Bueno Días Daniela Tu Información Sobre Los Contratos Laborales Esta Muy Completo Para Nosotros Y De Este Podemos Coger Un Poquito Para Nuestro Aprendizaje.

    Gracias Por Compartilo.

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  3. Buenos días, es importante resaltar que tienes claro los conceptos de contrato laboral, donde traes a colación que es un acuerdo de voluntades, elementos esenciales, modalidades, obligaciones del trabajador y empleador, suspensión y terminación de contrato .

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  4. hola buenos dias daniela
    tus conceptos acerca de contrato laboral estan bien definidos para nuestro entendimiento gracias por tus aportes

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  5. Buenos días,
    tus aportes sobre el contrato laboral son claros e importantes, ya que podemos aprender y resaltar nuestras dudas, y además nos ayuda a complementar la información.
    Gracias.

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  6. los conceptos son claros ya que esto nos ayuda a resaltar nuestras dudas acerca del tema.

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  7. Buenos días me parece que tu saber de los diferentes tipos de contratos está muy bien analizado y estructurado ya que es de gran aporte para nuestra vida personal y laboral y fortalece también nuestros conocimientos cumpliendo una serie de condiciones que están dentro del contrato laboral.

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  8. Buenos Días Daniela
    Me parece muy interesante tu aporte, ya que de esto podemos aprender y diferenciar los diferentes tipos de contratos laborales.

    Muchas gracias por compartir tu aprendizaje

    Atentamente,
    María Paulina Flórez Hernández

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  9. Buenos días, gracias por tu aporte me parece muy interesante e importante para nuestro aprendizaje pues nos ayuda a complementar más las información y así tener conocimientos en el tema de los contratos laborales.

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  10. Buenos Días!

    Es muy a portante tu concepto sobre el contrato de trabajo, debemos tener también en cuenta que es un eje fundamental de los derechos humanos. Es el reconocimiento, respeto y promoción pero sobretodo es el sentido de propiedad de cada persona.

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  11. Hola Daniela, tu información ha sido de sutil importancia, todo me queda muy claro frente al tema de contrato laboral, gracias.

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